El recargo de carga de proyecto consiste en la tarifa de desembarque y embarque de carga de proyecto con y sin grúa móvil. Esta será aplicable a toda carga que no pueda movilizarse por sus propios medios y que sea superior a las 35 toneladas de peso o los 50 m3 de volumen por unidad. Se aplicará como unidad de cobro la que resulte mayor entre el tonelaje o la dimensión en m3. La tarifa por carga de proyecto es adicional a la tarifa estándar de embarque y descarga de carga fraccionada. Ésta será cobrada al usuario (línea naviera o consignatario de la carga) que indique el contrato de transporte marítimo.
La tarifa de uso de área operativa o almacenaje para carga rodante aplica según el tipo de vehículo y/o unidad. Se entiende por vehículo a aquellas unidades que son utilizados como medio de transporte de personas. Con vehículos ligeros se hace referencia a aquellos que poseen como máximo 6.0 toneladas de peso. Vehículos medianos son aquellos que poseen más de 6.0 toneladas de peso. Con maquinaria se hace referencia a aquellas unidades que no son dedicadas al transporte de personas.
El detalle de las tarifas se encuentra en la sección de Tarifario.